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Fallos: 309:1481 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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— DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 1481
CASO N° 684: LABAYRU DE LENNIE, SILVIA
Está probado que el 29 de diciembre de 1976, en horas de la tarde, Silvia Labayrú de Lennie fue privada de su libertad mien- .

tras caminaba por la calle Azcuénaga casi esquina Juncal de la ciudad de Buenos Aires, por varias personas vestidas de civil las que le interceptaron el paso, la golperon y tras reducirla la introdujeron en un automóvil.

Así se desprende de las propias declaraciones de la víctima quién prestó declaración mediante exhorto diplomático; y de los dichos de Andrés Castillo, quien depuso ante «este Tribunal y de Martín Grass quien fue oído mediante similar rogatoria oportunamente, señalando que la causante gozaba en la Escucla de Mecámica de la Armada de un régimen "especial" ya que casi nunca se .

la veía allí y tenía permiso para trasladarse a su domicilio. , e.

Está probado que a Silvia Labayrú de Lennie se la mantuvo clandestinamente en la Escuela de Mecánica de la Armada. Así resulta de los pormenorizados relatos de la misma y de sus compañeros de encierro Andrés Castillo y Graciela Daleo.

Al prestar declaración Nilva Berta Zucarino de Lennie ante la CONADEP (confr. fs. 2165 causa 9600 Juzgado Federal N° 3) dice que vio a la causante en enero de 1977 en la ESMA, declaración que ante los restantes elementos de convicción adquiere singular relevancia. Está probado que durante su cautiverio Silvia Labayrú de Lennie .

fue sometida a torturas. En efecto la causante es por demás elocuente en tal sentido, si bien sus dichos no se encuentran corroborado3 por testigos presenciales, se debe tener en cuenta la metodología seguida en ESMA para interrogar a los cautivos, concordando siempre los relatos de las personas perjudicadas que declaran en autos en cuanto a la forma y modo en que eran torturados, con lo que se tiene ple: .

namente acreditado el extremo en análisis.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1481 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1481

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