CASO N° 646: BUSTAMANTE, JUAN PABLO
El Tribunal tiene presente .lo dictaminado por el señor Fiscal en cuanto solicita la absolución de los procesados respecto de este caso, lo que así se resolverá.
CASO N° 647: IZAGUIRRE MEDUS, ESTELA ; No está probado que la escribana Estela Izaguirre Medus fue privada de su libertad el día 1 de junio de 1976, por miembros del Ejército Argentino. Sólo se cuenta con su declaración prestada ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, en términos coincidentes con la presentación de José Armando Pares, a fs. 1 del —.
hábeas corpus interpuesto ante el Juzgado Federal de Mendoza (expediente 36.846-B), que fueron ratificados al declarar por exhorto diplomático. Por otra parte surge del decreto respectivo que fue puesta a 'disposición del Poder Ejecutivo Nacional el 17 de septiembre de 1976 decreto 2088). .
Si bien la víctima sostiene que se la mantuvo en cautiverio en el Comando de la VIII Brigada de Infantería de Montaña, con asien - to en la Provincia de Mendoza, dependiente del Tercer Cuerpo de Ejército, ninguna prueba se produjo tendiente a demostrar la detención entre las dos fechas señaladas.
A fs. 8 del recurso de hábeas corpus antes mencionado se hizo saber que la nombrada, con fecha 12 de octubre de 1976, se encontraba detenida en el Comando de la VII Brigada de Infantería de Montaña. -
CASO N° 648: GUIDONE MENDEZ, OSCAR MARTIN
PRIMERO: .
El Tribunal tiene presente lo dictaminado por el señor Fiscal en cuanto solicita la absolución de los procesados respecto de este caso, lo que así se resolverá.
Compartir
33Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1436
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1436
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 309 Volumen: 2 en el número: 412 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos