anotación a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, por nota firmada de puño y letra del citado general, cuya copia fue aportada en la audiencia. . Está probado también que a Jorge Tejerina se lo mantuvo ilegalmente detenido en el Regimiento de Granaderos a Caballo y en la Cárcel de Encausados de Campo de Mayo, dependientes del Primer Cuerpo de Ejército. . - En efecto, relata el causante que luego de su detención, pasaron por la casa de Marcelo Chavanne, a quien también detuvieron, y fueron llevados al Regimiento de Granaderos a Caballo. Esta circuns tancia fue corroborada por Chavanne en la audiencia. También fue visto en dicho lugar por el contador Aurelio Cid. .
Respecto de su privación de libertad en la Cárcel de Encausados de Campo de Mayo, en la causa N° 40.528, del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Ne 3, caratulada "Grassi, Luis Arnoldo y otros s/infr. ley 20.840", se encuentran agregadas las actuaciones irregulares labradas en dicha prisión militar, que intentaron justificar la privación de libertad, mediante la apariencia de un proceso militar. .
A partir de fs. 309 obra la prevención instruída por el Coronel Roualdes en el Comando' del Primer Cuerpo de Ejército, iniciada el 13 de septiembre de 1978. En ella se agregaron declaraciones por escrito prestadas por Jorge Tejerina a fs. 511 (1° de noviembre de 1978); fs. 748 (16 noviembre), y fs. 871 (22 de noviembre).
A fs. 1000 estas actuaciones irregulares, formadas para remedar:
una prevención regular y dar visos de legalidad a la privación de la libertad, fueron elevadas por el Coronel Roualdes al Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, a cargo del doctor Rafael Sar miento (14 de diciembre de 1978), encontrándose Tejerina entre los detenidos en dicha causa, en la prisión mencionada.
A ello deben agregarse los testimonios de Juan Carlos Chavanne, Raúl Aguirre Saravia, Jorge Buleraich, Jaime Benedit y Luis C..
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1310
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