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Fallos: 309:1306 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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En efecto, a fs. 1000, las mencionadas actuaciones irregulares, formadas para remedar una prevención regular y dar visos de legalidad a la privación de la libertad, fueron elevadas por el Coro nel Roualdes al Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, a cargo del Doctor Rafael Sarmiento (14 de diciembre de 1978) y Maúricio Lichtenstein ya no se encontraba entre los detenidos en dicha prisión. Por otra parte, tampoco existen constancias de que haya sido puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, como otras personas allí detenidas.

N .

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificara a Mauricio Lichtenstein fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146. .


CASO N° 548: GARCIA ORDATS, FRANCISCO
Está probado que Francisco García Ordats fue privado de sú , libertad por efectivos del Ejército Argentino en el mes de octubre de 1978.

Dicha circunstancia se encuentra acreditada por los elementos de prueba colectados en el sentido de que la víctima, en la fecha señalada fue mantenida ilegítimamente en cautiverio en la Cárcel de Encausados de Campo de Mayo, dependiente del Ejército.

Por otra parte, la detención de Fráncisco García Ordats tuvo . lugar sin sujeción: a formalidad legal alguna. Al respecto el Tribunal se remite a las consideraciones verti- das en el caso Ne 78. . En efecto, en la causa N° 40.528 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 3, cara- —tulada "GRASSI, Luis Arnoldo y otros s/infr. ley 20.840", se en - cuentran agregadas actuaciones irregulares labradas en dicha pri

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1306 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1306

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