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Fallos: 309:1214 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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— inhumanas para alojar a personas, ellas se agravaban con los me-' dios de seguridad elegidos: esposas, grillos, cadenas y otros.

Se puede tener por acreditado que María Eva Bernst de Hansen efectuó diversas tareas en la ESMA encomendadas por las autoridades del lugar, así como que percibió sumas de dinero.

En efecto, al deponer en la CONADEP la damnificada relata con lujo de detalles esa situación. Expresa que fue llevada a trabajar a "la pecera", donde ' ya había otras personas con la misma misión, — realizando trabajos en los archivos, así como de periodismo. Para el año 1979 se la obligó a cumplir tareas de vendedora en un nego.. eio de calzados establecido en Villa Ballester, Provincia de Buenos Aires, se la trasladaba todos los días en automóvil desde y hacia la ESMA, entregándosele una suma de dinero para que se comprara "ropa y la empleara en otros gastos diarios. .

Sigue manifestando que fue liberada bajo vigilancia en' esc mismo año 1979, con la condición que se reportara periódicamente a la ESMA, para ello se le dieron los números telefónicos de la institución. En esta situación y con el contralor de un oficial, le fue facilitada la dirección de una clínica médica para que su madre pu- diera controlarse de una afección en el corazón y las veces que iba "a ella eran transportadas con un rodado de la Armada.

Lo narrado, en el sentido que los cautivos eran obligados a efectuar tareas, está corroborado por los testigos que sobre el mismo. .

tema depusieron en autos.

No obstante. lo dicho, frente a la circunstancia de que la cau. sante percibiera una remuneración y que trabajara.en un comercio de venta al público junto a'otras personas totalmente libres, se abrigan dudas en cuanto a la existencia de un total sometimiento a la voluntad de sus captores. .

Se encuentra probado que María Eva Bernst de Hansen recuperó su libertad. Ello surge de sus propios dichos, indicando que fueliberada totalmente, sin ningún tipo de contralor para fines de 1979.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1214 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1214

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