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Fallos: 309:1077 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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que menciona como una de sus compañeras de cautiverio, agre- gando que se encontraba en estado de gravidez. También está probado que en ocasión de su cautiverio fue sometida a algún mecanismo de tortura. . .

La víctima declara que al llegar a "El Vesubio" fue introducida a una sala de tortura, donde fue atada a una cama y sometida a pasajes de corriente eléctrica. Su relato acerca de las características de la referida sala, como asimismo' del tipo de tortura recibida y de los nomibres o apodos .

de las personas que las ejecutaban, coinciden con los testimonios que al respecto brindaron numerosas personas que como quedó acre ditado permanecieron en cautiverio en el mismo centro clandestino .

. "de detención. o .

"Finalmente el antes nombrado Luciani luego de relatar sus torturas recibidas, manifiesta que todos los cautivos. eran torturados, entre los cuales menciona específicamente a Elena Alfaro. Durante todo: ese tiempo o parte de él se le impusieron condi.

ciones inhumanas de vida y alojamiento.

Este aspecto ha sido adecuadamente analizado en casos ante- La riores, donde 'se acreditaron -las infrahumanas condiciones de vida —- a que eran sometidas las personas cautivas en "El Vesubio".

Del relato proporcionado por la víctima, surge especialmente la falta de asistencia médica que tenía, agravada por el hecho de encontrarse: embarazada, privada no sólo de atención profesional, . .

sino de la alimentación, cuidados y reposo que su estado requería.

Está probado que Elena Alfaro recuperó su libertad. " . .

Los dichos de la nombrada en cuanto afirma que ello ocurrió el 4 6 5 de noviembre de 1977, no aparecen controvertidos por prueba alguna.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1077 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1077

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