por el señor Procurador General en su dictamen, a cuyas conclusiones corresponde remitir brevitatis causa.
Por ello se' resuelve: mantener la competencia de esta Corte para intervenir en el sub lite, - .
JosÉ SEVERO CABALLERO — AUGUSTO CÉSAR - BELLUSCIO, — CARLOS S. FAYT -— ENRIQUE , SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO Bacoué, MARIA e VIESCA DE ROMERO FERIS v. RAUL ROLANDO ROMERO FERIS JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. ...
Lugar del domicilio de las partes.
Cuando las partes se domicilian en provincias diferentes —o una en una provincia y la otra en la Ciudad de Buenos Aires— no es una ley local la que pueda establecer la competencia, sino una ley nacional, que es la única que puede legislar teniendo en cuenta la necesidad de coexis tencia de las diversas jurisdicciones. . JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. "Por la materia.
Cuestiones civiles y comerciales. Tenencia de hijos. . .
Si de autos surge inequívocamente la iniciación del juicio de divorcio, ° corresponde aplicar el art. 6, inc. 3°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que establece que los juicios de tenencia que se hubiesen iniciado con anterioridad al de divorcio, pasarán a tramitar ante el juzgado donde quedará radicado este último. - JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el lugar. Lugar del domicilio de las partes. L Del juego de los arts. 6", inc. 3°, y 5", inc. 8", del Código .Procesal Civil y Comercial de la Nación, y 104 de la ley 2393 —siendo este último dere cho común aplicable en todo el territorio nacional—, surge que la com- ...
petencia del juez del divorcio sobre la acción por la tenencia de hijos menores sólo puede admitirse cuando a su vez tal juez del divorcio .
es el de la jurisdicción del último domicilio conyugal. Si este requisito no se cumple, es decir si el divorcio no ha tramitado ante el juez de
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:2108
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