curso de inaplicz=bilidad de ley interpuesto por quien pretendía ser querellante en la causa, éste dedujo la apelación federal cuyo rechazo motiva la presente queja (fs. 52/69, 71/94 y 100/102).
29) Que si bien las resoluciones de la naturaleza de la aquí impugnada resuelven cuestiones procesales extrañas por lo general a la vía extracrdimiria, ella resulta procedente cuando media en el caso alguna causal de arbitrariedad que descalifique la decis'ón (Fallos: 285:
308): y aunque quepa asignar igual carácter precesal al auto que no admite la calidad de querellante, del mismo modo corresponde la excepción si concurre aquella tacha (Fallos: 298:470 ).
39) Qu: en primera instancia se negó a Carlos María Guichandut el ro! de querellante porque no se estimó suficiente a cse efecto el periuicio indirecto invecado como heredero de la presunta víctima del delito previsto en el art, 174, inc. 29, del Código Penal; y además, persus había sido scbrescído provisionalmente como posib'e autor del hecho ilícito (fs. 13 vta.). Aneleda la decisión en ambos aspectos (fs.
14/31), la Sola III de la mencionada Cámira la confirmó sobre la base de que el recurrente no resultaba la víctima del delito, es decir, atendiendo só'0 al primer argumento del inferior (fs. 32/33). Ello crigiró el recurso de inaplicabilidad de ley por la existencia de fallos contradictorios sobre el tema (fs. 34/41), que fue concedido por la Sala (fs. 42).
49) Que al decidir la Cámara en pleno, se rechazó el recurso (fs.
52/69). Entendió la mayoría cuz no cabía resolver el punto propuesto porque la decis'ón sería abstracta, ya que aunqus se admiticra la calidad de particular ofendido del recurrente. subsistiría el segundo reparo expuesto en primera instancia relativo al carácter de sobreseido provicorio. No resufta claro, sin embargo, si
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:489
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