IRMA LIDIA FAGALE yv. DICON DIFUSION CONTEMPORANEA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Reguisitos propios. Cuestiones no federales Interpretacion de normas y actos, comunes.
Las objeciones del apelante dirigidas a cuestionar los alcances derogatorios de la ley 21.476 respecto de la ley 12.908 y del C.C.T. 124/75 no habi titan la vía del art. 14 de la ley 48, ya que conducen al examen de temas de derecho común, propios de los jueces de a catisa (1), CONSTRUCCIONES BUENOS MRES sa.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos - propios. Cuestiones no federales.
Sentencias <-bitrarías. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento Es descalificable el pronunciamiento que ha omitido expedirse sobre una cuestión oportunamente planicada y conducente para la correcta decisión del caro, cual era la atinente al tratamiento del rubro gastos que, a pesar de mediar impugnación concreta sobre lo resuelto en la anterior instancia.
nada dijo sobre el puño en su sentencia interlocutoria ni en oportunidad de expedirse sobre la aclaratoria planteada por la parte E).
SERET sa. v. DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.
Cuando el superior tribunal de provincia ha considerado los argumentos planicados, sustancialmente análosos a los expresados en el recurso extraordinario y en la posterior queja. ¿l pronunciamiento de aquel tribunal es la sentencia final del tribunal superior de la causa a los fines del art. 14 de la ley 48, por lo que resulta improcedente el recurso imerpuzsto con anterioridad, respecto de la decisión de la Cámara (°).
1) 8 de ostubre. Fallos: 303:171 . 412.
2) 8 de octubre. Fallos: 285:55 : 289:400 : 293:37 ; 298:158 .
5) de octubre. Fallos: 294:251 .
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:1928
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