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Fallos: 307:1580 de la CSJN Argentina - Año: 1985

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un término de validez determinado, y finalmente por la calificación atribuida a las irregularidades en las que se funda la resolución.

49) Que la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Pupel, Cartón y Químicos da cuenta a fs. 155 de la celebración de los actos tendientes a su normalización que terminaron con la elección de autoridades, actos que según manifiesta, no se hallan sometidos a condición alguna. No obstante, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, respondiendo a la medida de mejor proveer dictada a fs. 158, informa que el congreso en el cual se eligieron autoridades, se halla objetado por impuenaciones pendientes de resolución, y cuyo trámite ha sido suspendído hasta que recaiga sentencia en estos autos.

59) Que el remedio federal es procedente desde el punto de vista formal, toda vez que se ha cuestionado la validez de una autoridad ciercida en nombre de la Nación, y la sentencia recurrida resolvió en forma contraria a dicha autoridad.

69) Que el primer agravio no es susceptible de consideración en esta instancia pues, tal como lo sostiene el señor Procurador General en el dictamen de fs. 137/141. se trata de una cuestión procesal que, «unque regida por normas federales, es propia de los jueces de la causa v ajena a la vía extraordinaria (Fallos: 285:361 ; 287:325 : 300:178 ; 304:892 y otros).

7) Que con respecto a la causal invocada por el Tribunal a quo para revocar ta resolución ministerial, consistente en que la intervención dispuesta carece de la condición de transitoriedad exigida por el art, 61, ine. 49, de la ley 22.105, el carácter que en tal sentido se le asigna en la parte dispositiva debe integrarse con los considerandos del acto en los que se enumeran detalladamente las trinsgresiones que se tienen por probadas y cuvo remedio se persigue con la intervención, para asegurar el pleno ejercicio que garantiza la ley. Por consiguiente y habida cuenta de que el objetivo perseguido no puede demandar un tiempo indefinido, cabe concluir que la intervención decretada no reviste carácter permanene 89) Que en cuanto a la entidad de las irregularidades comprobadas, su importancia, así como su carácter subsanable, no pueden ser deter

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:1580 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-307/pagina-1580

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