19) La Subsecretaría de Administración llevará el registro patrimonial de las obras y revistas jurídicas de todos los tribunales y organismos del Poder Judicial de la Nación y realizará los controles pertinentes, con motivo de las altas y bajas de magistrados y funcionarios de dicho Poder, interviniendo en los ar| queos respectivos.
| 2") Anualmente se actualizarán los inventarios y se realizarán arqueos de las bibliotecas departamentales y menores, poniendo el resultado en conocimiento de la Subsecretaría de Administración, durante el mes de marzo de cada año.
3 En los casos de altas y bajas de magistrados y funcionarios del Poder H Judicial se practicará un arqueo de la biblioteca, cuyo resultado, previa aproba ción de la Cámara o dependencia bajo cuya jurisdicción se encuentran aquéllos, será elevado a la Subsecretaría de Administración.
4 En caso de fallecimiento de un magistrado o funcionario en ejercicio del cargo, la Cámara de Apelaciones de quien dependa designará la persona que realizará el inventario correspondiente y a cuyo cargo estará el material bibliográfico hasta la designación del nuevo titular.
5 Todo pedido de baja de material bibliográfico, asignado en uso a Jas Cámaras de Apelaciones, Juzgados, organismos del Ministerio Público y otras dependencias del Poder Judicial dela Nación, se requerirá a la Subsecretaría de Administración.
6 Toda baja de obras jurídicas, será asentada en el registro patrimonial del tribunal u organismo correspondiente.
79) El material bibliográfico dado de baja definitiva será destinado por los tribunales, organismos y dependencias judiciales de la Capital Federal al Patronato de Liberados y en el interior del país a los organismos similares existentes o instituciones de bien público, previo labrado de un acta refrendada por el señor Presidente de la Cámara, juez, titular del Ministerio Público o funcionario correspondiente. Una copia de la misma quedará en poder del tribunal, organismo o dependencia solicitante; otra copia se remitirá al destinatario indicado precedentemente para la destrucción del material en cuestión, y el original será remitido a la Subsecretaría de Administración para su agregación al respectivo registro patrimonial.
8 Amplíase la resolución 979 de esta Corte Suprema, de fecha 31 de octubre de 1975, modificada por la resolución 677, del 20 de agosto de 1976, en el sentido de que la autorización en ella concedida al Patronato de Liberados deb:
extenderse al material bibliográfico dado de baja definitiva en los tribunales, organismos y dependencias judiciales de la Capital Federal, y en el interior del país a los organismos similares existentes o instituciones de bien público.
11) Transferir a la Subsecretaría de Administración los legajos patrimoniales y las actuaciones de controles en trámite referentes al material bibliográfico
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:29
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