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Fallos: 304:1650 de la CSJN Argentina - Año: 1982

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cumplimiento de la medida 0, en su caso, acordar el derecho a salir del país, según mejor lo estime el Poder Ejecutivo para la preservación de la seguridad nacional (1),
ESTADO DE SITIO.
Siendo categórica la afirmación del Poder Ejecutivo Nacional en el sentido de que la medida se funda en la vinculación del arrestado con la actividad de organizaciones subversivas, existe en consecuencia relación entre la detención y las causas que motivaron la implantación del estado de sitio. lo que obliga al Tribunal a respetar la esfera de reserva que es propia del poder político, cuando como en el caso, no existe arbitrariedad (Disidencia de los Dres. César Black y Carlos A, Renom) ().


ESTADO DE SITIO.
La reiteración del pedido para salir del país, por sí misma, no limita la facultad que el art, 57 del Acta Institucional del 1 de Setiembre de 1977 otorga al Presidente de la Nación, durante el estado de sitio, si a su juicio subsisten las causas que determinaron la denegatoría de la opción. Ello es así, atento lo dicho en el mensaje que acompaña el proyecto de ley luego sancionado hajo el Ny 21.650, según el cual: "se reglamenta el derecho de opción sobre la hase de uma sola y única limitación: ha de impedir que salgan del país quienes pueden continuar poniendo en peligro la paz y seguridad de la Nación al permitirsele salir del territorio argentino" ( Disidencia de los Dres. César Black y Carlos A. Renom).


MINNESOTA 3M ARG. SA.CLE.LA, v. ADMINISTRACION NACIONAL
ne ADUANAS RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones fedemles simples. Interpretación de las leyes federales.

Procede el recurso extraordinario cuando se cuestiona La interpretación de normas de naturaleza federal —arts. 9' y 10 de la ley 21.898-, y la sen') Fallos: 303:006 ; 304:1027 , 1098, 1210.

:) Fallos: 299:204 ; 308:866 , 987; causa "Varillas, Mónica s/hábeas cor» puy", del 31 de julio de 1979.

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1650 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-304/pagina-1650

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