Por ello, y habiendo dictaminado el Señor Procurador General, se desestima la queja. Con costas. Declárase perdido el depósito de fs. 1 Aporro R. GABRIELL! — ABELARDO F. Rossi — Césan Back.
MARTIN BURUNDARENA
SUPERINTENDENCIA.
Teniendo en cuenta que la naturaleza de las actividades a desarrollar no interferirá con las funciones que cumple el peticionante eu el Poder Judicial corresponde autorizar a un Oficial Notificador a desempeñar tareas administrativos en la Obra Social de la Universidad de Buenos Aires —artículo 8, ines, j. y k) del Reglamento para la Justicia Nacional, con la advertencia que la menor desatención de sus funciones acarreará la revocación de la misma y la consecuente aplicación de sanciones (Resolución del Presidente de la Corte Suprema) (1).
ALEJANDRO MAZZUCA v. UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de teyes federales, Es formalmente procedente el recurso rstraordinario fundado en que el a quo no tuvo en cuenta las disposiciones de Li ley 3952 —en cuanto es tableev el carácter declarativo de las sentencias contra el Estado Nacio nal. pues el recurrente tundó su derecho en una interpretación de una norma federal y la Comara resolvió el punto en lorma contraría a sus pretensiones (2), ') 10 de febrero, 2) 1H de febrero.
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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:120
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