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Fallos: 304:1192 de la CSJN Argentina - Año: 1982

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Resulta:

1) Que la Provincia de Buenos Aires reclama a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones las sumas pagadas en concepto de remoción y reinstalación de las plantas telefónicas ubicadas en la localidad de Villa Bosch como consecuencia de las obras del desagie pluvial realizadas por la actora que determinaron su traslado.

Sostiene que la postura de la demandada que pretendió se le abonaran esas sumas se basó en una norma inconstitucional como lo es el art. 43 de la ley 19.798. Para ello, afirma que sólo es titular de un permiso de uso cuyo carácter precario destaca y que tal condición de la ocupación del dominio público provincial no le confiere derecho alguno a resarcimiento ni puede obstar al ejercicio del poder de palicía local por lo que la norma impugnada resulta, en definitiva, contraria a los principios que emanan del art. 104 de la Constitución.

11) A Is. 14/16 se amplía la demanda desarrollándose nuevas consideraciones y citándose jurisprudencia sobre la cuestión en debate.

HI) A Es. 27/31 contesta la Empresa Nacional de Telecomunicaciones. Defiende la constitucionalidad del ya citado art. 43 destacando las atribuciones del gobierno federal y el carácter del servicio de telecomunicaciones que emana del inc. 16 del art. 67 de la Ley Fundumental. Puntualiza, asimismo, los alcances de las facultades reservadas por los estados provinciales que no pueden impedir el ejercicio de lus conferidas a la autoridad nacional que, en su caso, deben prevalecer por aplicación del art. 31 de la Constitución. En ese contexto —concluye— debe analizarse la norma del art. 43 de la ley 19.798.

Considerando:

1) Que esta causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema (arts. 100 y 101 de la Constitución Nacional), 2") Que la Provincia de Buenos Aires fundamenta su demanda de repetición en la inconstitucionalidad que atribuye al art. 43 de la ley 19798, disposición legal por la que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones exigió el pago de los gastos provocados por la remoción de instalaciones telefónicas debida a las obras de desagie que el gobierno provincial dispuso en la localidad de Villa Bosch.

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1192 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-304/pagina-1192

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