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Fallos: 303:1857 de la CSJN Argentina - Año: 1981

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CARLOS MARIA LANZILOTTI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interpc ición del recurso.

Fundamento.

No es atendible el agravio basado en lo excesivo de 1 fianza fijada, +i el recurrente no intenta siquiera demostrar que ella - sulte manifiestamente desproporcionada con el patrimonio del procesado ú rebate la alirmación de la Cámara que entendió que ese importe debía fijarse en relación a la naturaleza de los hechos imputados y que ésta determinaba la suma exigida (1).


DIRECCION NACIONAL De VIALIDAD v. SHELL Cía. ARGENTINA
»: PETROLEO S.A.

ACLARATORIA.
Habiéndose desestimado la queja sin habilitar la instancia extraordinaria.

la aclaratoria solicitada es improcedente (art. 286, Cód. Procesal) (2).


JORGE A. DEL CERRO
SUPERINTENDENCIA,
Es prematura la avocación solicitada encontrándos: pendiente de resolución el sumario iniciado, no habiéndose adoptado medida disciplinaria alguna, y hallándose la ¡izada avocada a la investigación de una presunta irregularidad administrativa (°).

1) 24 de noviembre.

2) 24 de noviembre.

) 24 de noviembre, Fallos: 250:354 ; 289:508 ; 300:1195 .

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:1857 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-303/pagina-1857

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