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Fallos: 303:1572 de la CSJN Argentina - Año: 1981

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de octubre de 1981.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Sarmenti de Furman, Lidia c/Consejo Federal de Inversiones", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte conviene con las conclusiones del dictamen del Sr.

Procurador Fiscal a las que cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, desestimase la queja.

Aporro R. GABriert: — ABeLanDo F. Rossr — Etías P. Guasravino — Césan BLACK.


UNION OBRERA DE La CONSTRUCCION DE ta REPUBLICA ARGENTINA
v. TECHINT COMPAÑIA INTERNACIONAL SAC. E 1.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que —sin tomar en cuenta que la Secretaría de Estado de Seguridad Social se había pronunciado en forma diversa— rechazó la demanda por diferencias de aportes contemplados en la ley 18.610 y sus modificatorias. Ello así, pues el a quo bien pudo entenJer que el punto vinculado a la resolución administrativa invocada por la apelante no resultaba esencial para la resolución de la causa, pues este acto fue dictado en virtud de las facultades atribuidas a la mencionada Secretaría en el art. 2 inc. c) de la ley 17.575, de acuerdo a cuyos términos, las normas interpretativas que aquélla dicte en la matería de su competencia serán obligatorias para los organismos de su jurisdicción, entre los cuales, obviamente, la Cámara no se encontraba comprendida (+).

°) 15 de octubre.

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:1572 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-303/pagina-1572

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