528 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA poral al caso, sino a los erteríos generales según las pantas del art. 3 del Código Civil. así como también a los alcances de la cosa juzgada, temas estos regidos por el derecho común, propios de los jueces de la cama e irrevisables por la vía del art. 14 de la ley 48 (+).
HIJOS me JOSE D'AQUINO :
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestimes no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.
Es arbitrarío el fallo que —al actualizar el monto del juicio a los efectos regulatorios consideró que debía atenderse 4 la evolución general de los precios de los distintos mbos incluidos, así como a que respecto de inmuebles no correspondía aplicar antomiticamente las tablas de la Dirección de Estadística y Censos sobre el aumento del costo de la vida, y fijó un plus del 300 para los inmuebles —atento su ubicación y el proceso inflaciomrio— y del 120 para los restantes rubros, ya que traduce un apartamiento de La realidad económica que resulta evidente con sólo con siderar el periodo que aburca el reajuste (marzo de 1975 a marzo de 1977), in que constituya fundamento válido para ello la invocación genérica de N factores que no se amalizan (3),
JOVITA IENE FERRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Delitos en particular.
Defraudación.
So se mvestiga en autos la adulteración de historias clínicas de afiliados de TOCA, atendidos en un establecimiento asistencial de Ls ciudad de Morón, Provincia de Huenos Aires, localidad en la que también se conlecciotaba La facturación pertinente, mediante cuya presentación en la sede central del sindicato ubicada en esta Capital, se obtenía el pago de la men) 10 de junio. Fallos: 256:256 , 270:05 ; 206:281 , 291.
=) 10 de junio.
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:528
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