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Fallos: 300:850 de la CSJN Argentina - Año: 1978

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CUERPOS TECNICOS PERICIALES
SUPERINTENDENCIA.
Por ser privativo de la Corte valorar los méritos, títulos y antecedentes de las personas que designa para ocupar cargos en los cuerpos técnicos periciales, es obvio que no está obligada a dar vista al peticionante de los legajos de quienes han sido nombrados médicos forenses ni, menos aún, a proporcionarle las explicaciones que pretende (1).


LAURA E. VALSECCHI DE NOGUES ACUÑA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Lo atinente a si la enfermedad de la compradora no configura un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor exculpatorio de su incomparecencia al acto de escrituración, y sobre la causa presumible de dicha A incomparecencia, son apreciaciones que remiten al anúlisis de problemas de hecho y prueba y de derecho común y procesal propios de los jueces de la causa y ajenos al recurso extraordinario (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, acogiendo la reconvención, decretó la resolución del boleto de compraventa celebrado entre las partes, sín tener en cuenta la imposibilidad en que se hallaba la demandada para escriturar el día de la citación, por no encontrarse aún inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble el Reglamento de Copropiedad y Administración, ya que de hallarse la vendedora efectivamente imposibilitada para escriturar, ese único hecho impedía la mora de la compradora. De modo que la sentencia en recurso no satisface sino en forma aparente la exigencia de fundamentación (3).

') 25 de julio. Fallos: 286:37 ; 295:718 , 7) 35 de julio. Fallos: 274:462 ; 278:135 ; 290:95 , 7) Fallos: 236:156 ; 259:55 ; 271:226 ,

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:850 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-300/pagina-850

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