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Fallos: 30:463 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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CAUSA CXXXI Don José P. Portela, contra hoña Delfina tGinlardo de Galarza, por cumplimiento de contrato; sobre falta de personería y nulidad de lo aetuado.

Sumario. — 4" El poder conferido para demandar la nulidad de un contrato, es bastante para contestar la demanda deducida sobre su cumplimiento, oponiendo la escepcion de nulidad de dicho contrato.

2" El poder conferido en seguida para contestar esa demanda, importa una ratificacion de lo obrado.

Caso. — Se esplica por el Fallo del Juez Federal Paraná, Mayo 19 de 1885.

Y vistos: en el incidente sobre nulidad promovido por la parte demandante, resulta :—Que Don Domingo Balugera, por Don José P. Portela, se presentó demandando á Doña Delfina

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:463 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-463

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