Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 30 de 1886, Vistos : Estando decidido por esta Suprema Corte en el caso de los señores Stuart Williams y C°contra don O. Carlsen, que en las obligaciones en que no se designe plazo, debe usarse el sello fijado por la tercera parte del artículo segundo de la ley de sellos vigente: se confirma el auto apelado de foja cuatro vuelta. Repuestos los sellos, devuélvanse.
J. B. GOROSTIAGA. —4. DOMINGUEZ. —
ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO IBAN-
GÚREN. — €. S. DE LA TORRE.
— Ts Sa —
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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:459
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-459
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