Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 298:608 de la CSJN Argentina - Año: 1977

Anterior ... | Siguiente ...

Se resuelve:

17) Clausurar el edificio de la calle Cerrito 535 a partir del día de la fecha, medida cuya ejecución estará a cargo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital, 2) Declarar feriado judicial hasta nueva dispusición, para todos los tribunales y organismos que funcionan en dicho edificio, 3") La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo designará las autoridades de fería que estime necesarias y el lugar donde ellas actuarán.

4e) Comunicar lo resuelto al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Justicia. Honacio H. Henmnia — Aporro R. Canet: — Ametanno E. Rosst — Pano J. Fuias.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

105

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1977, CSJN Fallos: 298:608 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-298/pagina-608

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 298 en el número: 608 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos