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Fallos: 298:607 de la CSJN Argentina - Año: 1977

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CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO —CERRITO 536,
CAPITAL. FERIADO JUDICIAL DURANTE EL DIA 23 DEL MES EN CURSO

RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de setiembre de 1977.

Que con fecha 5 de abril ppdo. se inició la tramitación del expediente de Superintendencia No 1258/77, originado por oficio remitido por el señor Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, mediante el cual solicitaba se trasladen del edificio de la calle Cerrito 538 de esta Capital, los expedientes que se encuentran en condiciones de ser archivados.

Que, además, resulta conveniente comenzar a dar cumplimiento a las medidas que se aconsejan en el oficio obrante a fs. 6.

Que, para poder realizar las operaciones consiguientes, el Tribunal estima mecesario decretar feriado judicial para los tribunales y organismos que allí funcionan.

Por ello, Se resuelve:

10) Declarar feríado judicial el día 23 del corriente para todos los tribunales y organismos judiciales que funcionan en el edificio de la calle Cerrito 538 de esta Capital, a efectos de trasladar a los lugares que se designe los expedientes que se encuentren en condiciones de ser archivados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo designará a las autoridades que deban atender los asuntos que mo ad.

mitan demora y habilitará los días y horas necesarios para que dicho traslado quede concluido antes del lunes 25 de este mes.

2) La Dirección Administrativa y Contable y la Intendencia del Palacio de Justicia prestarán toda la colaboración que requiera el cumplimiento de lo dispuesto.

Horacio H. Haruma — Avorro R. Gamma: — Anerarpo F. Ross — Penso J.

Fías, CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -CERRITO 535, CAPITAL—. FERIADO JUDICIAL DURANTE EL DIA 29 DEL MES EN CURSO
RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 29 de setiembre de 1977.

En atención a lo solicitado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y por considerarlo necesario mientras se efectúan los estudios a que se refieren las constancias de fs. 11 y fs, 20,

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Año: 1977, CSJN Fallos: 298:607 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-298/pagina-607

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