SETIEMBRE
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIO-
NAL FEDERAL DE LA CAPITAL —ART. 16, LEY 21.628—. SE LA DECLARA
CONSTITUIDA A PARTIR e 12-1X-1977. NORMAS PARA SU INSTALACION
FUNCIONAMIENTO
—No 19En Buenos Aires, a los 9 días del mes de setiembre del año 1977, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Horacio H. Heredia y los señores Jueces doctores don Adolfo R. Gabrielli y don Abelardo F. Rossi, Consideraron:
Que la ley No 21628 ha dispuesto la creación de nuevas Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Federal, con asiento en la Capital Federal.
Resolvieron:
10) Declarar constituida —con arreglo a lo dispuesto por el artículo 16 de la citada ley— la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, a partir del día 12 del corriente mes.
2v) Disponer que el personal que presta servicios en la actual Sala en lo Criminal y Correccional de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contenciosoadministrativo de la Capital Federal quedará incorporado al tribunal que se constituye por el artículo 17 de la presente.
30) Husta tanto se efectúen las previsiones presupuestarias pertinentes, la Secretaría General y las oficinas que actualmente dependen de ella, seguirán prestando sus servicios simultineamente a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contenciosoadministrativo y a la que se declara constituida por el artículo 1 de ' esta Acordada. Oportunamente esta Corte Suprema dispondrá la redistribución del personal afectado a los servicios generales de la Cámara.
4) La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal mantendrá los espacios físicos que actualmente ocupa compartiendo los comunes, como su biblioteca y demás dependencias auxiliares existentes, sin innovar, mientras esta Corte no disponga la definitiva adjudicación de locales.
50) Las cuestiones de Superintendencia que se hallen en trámite serán decididas:
a) Por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contenciosoadministrativo de la Capital Federal si se han originado en alguna de las Salas en lo Contenciosoadministrativo o en lo Civil y Comercial.
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Año: 1977, CSJN Fallos: 298:605
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