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Fallos: 293:601 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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el 13 de marzo de 1968, en la causa "Brasso, Victor" -Comp. 1308, L.

XY-; el 6 de junio de 1969, en causa "Proceso... señor Contralmirante D. Félix F. Imposti° —Comp. n" 24, L. XVI; así como los pronunciamientos de la Corte del día 20 de agosto .iel corriente año recaídos en las causas "Andrada, Cregorio Argentino" —Comp. n? 240, L. XVII y "Moya, Carlos Horacio" -Comp. n? 241, L. XVII).

En tal sentido, pues, pienso que debe dirimirse esta contienda de competencia. Buenos Aires, 19 de noviembre de 1973. Enrique C. Petracchi.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de diciembre de 1975.

Autos y Vistos:

De acuerdo con lo dictaminado por el Sr. Procurador General y la jurisprudencia de la Corte que cita, se declara que son competentes para conocer de los hechos que motivan estas actuaciones, el Sr. Juez de Instrucción Militar respecto del cabo primero de la Gendarmería Nacional Marcelino Victoriano Cardozo, y el Sr. Juez Federal de Rosario con relación al civil Angel Tobar. Devuélvanse las causas a sus respectivas procedencias, haciéndosele saber al Sr. Juez Federal de la presente resolución. l Acustín Díaz Bianer — Hécron MasnaTtra Ricamo Levene (h) —Panro A. RAMELLA.


ROBERTO A. LACABANNE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales, Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

Corresponde a la justicia provincial, y no a la federal, conocer del delito que, según se considera, habría afectado el correcto desempeño del Secretario General de la Intervención Federal de la Provincia de Córdoba, toda vez que dicho funcionario no reviste carácter federal (1), °) 16 de diciembre, Fallos: 282:58 ; 280:45 . :

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:601 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-293/pagina-601

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