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Fallos: 292:331 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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SINDICATO vr TRABAJADORES MUNICIPALES DE AVELLANEDA
—FARMACIA SOCIALRECURSO EXTRAORDINAMO: Requisitos comunes. Tribunal de Justicia.

Son susceptibles de recurso estmordinarío las resoluciones administrativas si la ley —en el cuso, el art. 53 del decreto-ley 17.565/67— ha conferido a funcio naríos u organismos administrativos el ejercicio, con carácter irevisable, de atribuciones judiciales que se sustraen a la órbita de poder de los jueces, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión fe derel. Oportunidad.

Es tardía la impugnación constitucional de la jurisdicción administrativa luego del pronunciamiento final del caso y en los procedimientos de ejecución de la resolución respectiva, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Sentencia definitiva. Concepto y generalidades.

La invocación de abitrariedad y de agravios constituticionales no suple la falta de sentencia definitiva, a los fines del recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Término.

El plazo para interponer el recurso estrordinario no se interrumpe por la deducción de otros recursos declarados improcedentes en el orden local.

RECURSO EXTRAORDINAMIO: hequisitos propios. Sentencia definitiva. Reroluclones posteriores a la sentencia definitiva.

Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra el auto dictado en el proceso de cumplimiento de una decisión final y firme.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENENAL
Suprema Corte:

Surge de autos que por resolución 1254 del 8 de junio de 1970, recaída en el expte. N° 2915-2015/67, el subsecretario de Salud Pública del Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 40 de la ley 5116, dispuso aplicar una multa de un mil pesos al Sindicato de Trabajadores Municipales de Avellaneda, propietario de la Farmacia Gremial sita en avenida Mitre 937 de esa ciudad, "por hallarse en infracción a los artículos 15 del decreto-ley 17.565/67; 39, 49 y 9? de la ley 6598; 59, inciso b), 7 y 8 del

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Año: 1975, CSJN Fallos: 292:331 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-292/pagina-331

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