Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 22 de 1885.
Vistos: por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja treinta; y devuélvase, prévia reposicion de sellos.
J. DOMINGUEZ. — ULADISLAO FRIAS.
— FEDERICO IBARGÚREN.
——]——
CAUSA CXVII
Don A. Jórgensen, capitan de la barca noruega «Riga», contra los Sres. Shaw hermanos, por cobro de fletes; sobre infraccion de la ley de sellos.
Sumario.—1 Los autos sobre aplicacion de la ley de sellos, son apelables, 2 Es el Juez, y no la Direccion de Rentas, que ebe resolver sobre el sello que corresponde y las multas que deben aplicarse respecto de los documentos que se presentan en juicio.
Compartir
87Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1885, CSJN Fallos: 29:32
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-32
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 29 en el número: 32 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos