Fallo del Juez de Seccion Rosario, Mayo 22 de 1885.
Vistos estos autos, iniciados por D. Máximo Parfait, contra D' Honoria Juarez, sobre desalojo de una casa de su propiedad, situada ex. "a calle 25 de Diciembre, n° 61, por falta de pago de los alquileres.
Con lo espuesto en contestacion por la demandada, negando la verdad del hecho, que sirve de base á la demanda, Y considerando; 1" Que de las posiciones de foja 24, declaradus judicialmente por reconocidas en rebeldía de la demandada, como de las actuaciones corrientes ú foja 15, practicadas ante el Juzgado de Paz de la tercera seccion de esta ciu 'ad y remitidas en cópia por el de primera instancia de la segunda seccion de esta circunscripcion, resulta acreditado que la demandada se halla ocupando la casa mencionada, desde el 8 de Agosto del año próximo pasado, al precio de sesenta y cinco pesos moneda nacional por mes, no habiendo satisfecho hasta la fecha, por cuenta de esos alquileres, mas suma que la de cincuenta pesos de aquella moneda, abonados antes del 28 de Noviembre de dicho año.
2" Que de su parte, no ha presentado ni ofrecido presentar justificacion alguna que destruya el mérito de aquellos documentos.
Por tanto y de conformidad á la disposicion del artículo 4579 del Código Civil, se declara á la espresada D° Honoria Juarez en la obligacion de desalojar la casa enunciada, en el término de los dias solicitados por el demandante, con costas. Notifíquese con el original y repóngase el papel.
C. de la Torre.
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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:31
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