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Fallos: 29:162 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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por las partes han dado sobre el cubo relativo y el absoluto de metros de madera empleados en el puente.

Para mejor proveer, el Juzgado desiguó al ingeniero municipal Señor Roqué á efecto de que revisase la exactitud de aquella operacion, que fué contradicha por Usandivaras, y su informe se lée de fojas 71 á 72.

Despues el Juzgado, con la misma calidad, requirió de uno de los ingénieros que trazaron el dicho informe, y de otros mas, por haber faltado el que le acompañó en la primer operacion, le informaran sobre la cabatura de madera empleada en pilotes y soleras, operacion que habian omitido los primeros, y resulta del informe de foja 82 que es imposible esa medicion, Por último, el Juzgado pidió en igual calidad, informe sobre el mismo punto á la oficina técnica del Ferro-Carril, que antes a había informado, y el resultado corre de fojas 83 4 85.

DERECHO
Considerando: 1" Que toda la diferencia, segun los alegatos en el curso de la causa, entre ambos litigantes, ha consistido en averiguar la que hay entre el cubo de madera que la Nacion pagó ú Fiorini y Ferranti por la construccion del puente, sin deduccion de espacios vacíos entre madero y madero, y el que resulta neto deducidos esos espacios. Lo primero, pretendia Usandivaras; Fiorini y Ferranti, sostenian lo segundo.

2" Que el Juzgado decide y resuelve la cuestion en favor del demandado, pues que el contrato celebrado por éste con la Nacion en nada puede afectar sus derechos por estar en pugna con los de Usandivaras, que no fué parte en él; debiendo regir en el caso únicamente lo prescrito en el artículo 20 del contrato, 3" Que el Juzgado estima como la operacion mas exacta, por su claridad, método y razonamiento, lo ejecutado por el Ingeniero Roqué, y está por sus conclusiones, en lo relativo á la medida de la madera de ¿ablazon y tablestacas,

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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:162 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-162

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