3") Señalar como días de Acuerdo ordinario, mientras dure la actuación de esta Corte, los lunes, miércoles y viernes.
47) Designar Procurador General Sustituto, por el lapso mencionado en el punto anterior, al Señor Procurador Fiscal de la Corte Suprema Doctor Don Máximo Gómez Forgues.
5) Comunicar esta Acordada al Poder Ejecutivo Nacional y a las Cámaras del Congreso Nacional.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante los Secretarios que dan fe. Oscan Farma Romero — Feure Exaucu Prar — Aero Gancía Primo — Esque Ramos Mejía — Honacio HL. Henznra. Jorge Arturo Peró (Secretario) — Ricardo ]. Brea (Secretario) — Guillermo R. Moncayo CSecretario) — Amuo Alonso Gómez (Secretario).
DISPOSICIONES ADOPTADAS CON MOTIVO DE LA PROMULGACION DE
LA LEY 20510 NI 26 — En Buenos Aires, a los 29 días del mes de mayo del año 1973, reunidos en la Sals de Acuerdos del Tribunal, los Señores Jueces Sonitutos que ¡ntgran la Cone Suprema de Justicia de la Nación, conforme con lo dispuesto en las Nros. 24 y 25 del corriente mes, Docures Don Oscar Freire Romero, Don Felipe Ehrlich Prat, Don Alberto García Piñeiro, Don Enrique Ramos Mejía y Don Horacio E. Heredia, Consideraron:
Que en atención a los términos de la ley IN' 20.510 promulgada el día 27 del comiente mes y publicada en el Boletín Oficial el día 29, corresponde a esta Corte Suprema arbitrar por vía de acordada las medidas pertinentes.
Resolvieron:
Dictar las siguientes disposiciones con respecto a dicha ley:
A) Tener presente lo establecido por el artículo 5 hasta la de ls Ender ot PP pr mal y de las dos Fiscallas cuya cresción prevé el artículo 6". A sun efectos la Dirección Administrativa y Contable informará al Tribunal sobre la dotación de personal de las actuales Salas y Fiscalías de la mencionada Cámara.
B) Hacer sber a la citada Dirección que hasta el día 28 del comente se liquidará la totalidad de sus haberes a los magistrados y funcionarios comprendidos en el artículo 29, y al personal mencionado en el artículo 5.
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Año: 1973, CSJN Fallos: 285:351
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