rito, no hizo lugar a la demanda interpuesta por Juan Alfredo Carmo contra el Estado Nacional Argentino, por culo de mSn 77.49 com mis un "plus" por desvalorización de la menta, intereses y costas Cont es pronunciamiento se deduce el recuras entraordinario de Es 294 296 como dido a fs. 298, que es procedente por hallarse vu juego la inteligencia de normas federales y ser la decisión definitiva del superior tribunal de ha vay sa adversa al derecho que el apelante fuma ví ellas cart 14, ime. 3, he 48.
2") Que el 17 de enero de 1962 fue dictado el decreso No 489 pur concretar un plan de racionalización aduwnistvativa. etablecieneduse «ue
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Año: 1972, CSJN Fallos: 284:129
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