gano y e deis deme el cuates deere que Le Estrato de Estado de Comunicaciones mediante resolución N° 1917 del 24 de octubre de 1969. y Rosento E, Cuurr — Manco Aurento Risoría — Luis Cantos Canna — Mancanrra Ancias.
MAIN ADELAMDS CLEMENTE 06 MASCAMBRENI
NELLO MASCAMBRENT
MONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES,
A los efectos regulatorios debe tenene encuenta únicamente el juicio enel cual los tralajos fueron realizados, con mdepertencia de otros entre Li mis mas partes (1
JUNTA EJECUTIVA 0:14 UC
RECURSO DE QUEJA,
La exigencia de la adecmada sustentación de la queja no se satisface com la mera cobra del anto que denegó La apelación estraordimaria (3),
FLORENCIO IGNACIO GOITIA
JUBILACIÓN Y PENSION.
Las normas que autorizan, a los fines jubilatorios, computar el periodo de inactividad por causas políticas y gremiales, contenidas cn el decretoley 4827/54 y en las leyes 16.001 y 16.460, amparan, sucesivamente, a las per:
soma que cesaron por hechos acuecidos durante los lapsos por ellas contemplados. En consecuencia, no procede computar el periodo de inactividad hasta la fecha de sanción de la ley 16.460, en un caso regido por la ley 16,001, — 1) 39 de mayo.
2. 29 de mayo.
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Año: 1972, CSJN Fallos: 282:474
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