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Fallos: 28:442 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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CAUSA EVIL
Feliciano Salinas, entra D. Miguel J. Marin: sobre interdivto de recobrar la prsenon:

Sumario. —El interdictó de recobrar debe ser rechazado, sí un se acreditan por pruebas válidas y legales, los hechos ade la posesión anal y de la violencia.

Caso La esplica el Falla del Anez Emterat Huúenos Aires. Mayo 91 vle 155 Vistos estos autos, - imiciados por Felix M. Brizuela, en repre:

sentacion de D. Feliciano Salinas, contra ly Miguel E. Marin, deduciendo interdicta de recobrar. Ia posesion de nú terreno en el parLido de Lincoln, Nesulta: 1 Que Brizuela se presemó A foja Y, diciendo que su representado era propietario y sic encontraba en posesión de una quinta y un solar con poblaciones de material enla colonia Con cordía», del partido de Lincoln, de la Provincia de Buenos Aires, y

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:442 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-442

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