Fallo de In Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 11 de 1555, Vistos: Por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja veinte y siete vuelta, con declaracion de que debe otorgarse previamente la fianza de arrairo: y repuestos los sellos, devuélvanse.
J. DOMINGUEZ. — ULADISLAO FERIAS.
— FEDERICO INANGÉNES.
CAUSA CE
D. Nivolás Mancino, contra Rivolta, Carbon y C°, por estadias: sobre costas de un articulo de incompetencia.
Sumario. Las costas causadas con motivo de una escepción de incompetencia justificada por los autos y reconocida por el demandante, deben sér de cargo de éste, Caso. Lo esplica el
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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:422
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