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Fallos: 28:347 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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enadra cuadrada ú razon de 2507 pesos m/n bro, siendo entendido queeste valor se refiere solo al terreno desmontado $ apto parzol enitivo:

1 Que como ese terreno estaba sembrado de alfalla, con arre Elo los rálentos ire hemos hecho en casos análozos, Hijaremos en M0 pesos m/n uro, vf totalale Jus enstos de prodweeióon: en am ri dra superficial de alfilta, resultando asi: que incluso el valor del terrena y el de lus «astas de producriones, so ofivme las de 570 pesos m/a aro, por enmilra varada de terreno alfalfmbo, pr Menuda descomponerse la referida. semis de 200 pers m/o del modo «que siem; Vor aradura, acequias resadoras y semi-— Has de alfalfa : ' $ 15) m/n Entabloramiéente. . METE Mo Cercos y otros sustos VNprevistas............ enredar 08 Nomificarion dol-terremo.- , > S/n 107 Que por lo que respecta Á-los daños y perjuicios, mo prose desvonóverse su evisteneía, lá que proviene de las Siguientes entsas: 1° Del fraccionamiento del terrenos 2" ¿e Ia ronsizoiénte mMificultad para la comunicación de murivis fracciones: 3° de La difienltad para los riezos, y 5" de la destrucrión de los rercados; 1" Qué las perjuicios resultantes de las motivos espresados, se aminoran considerablemente por medio de los pasos á nivel, alcantarillas, cercados y domís obras complementarias que toma í4u varzo la Dirección de las obras del Ferrocarril 17 Que, por la tanto, si bien es dificil hacer nna apreciación uarta de aquellos; por lo menos, dada la razon consignada em el precedente considerando, dubo reconocerse que ellos mo son-ide im portanera

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:347 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-347

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