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Fallos: 28:341 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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Y por todos los daños y perjuicios que si cansar, al 30, sobre los 3.31 85 que son SM /i.eo eno raacoo rar aire 1020 55 Total... ....-eoereee.. $", AM0L 50 Dando así por resuliado la suma total de cuatro mil euatrocióntos sesenta y un pesos con ruarenta centavos nacionales oro: que debe abonarse al señor Vieyra por el mandatario del Poder Ejecu= tivo Nacional. Házase saber enn el original y archivese este espe diente, E. Hiurehon y Alcurta, Frble» ele" Ue Siriprremen Corte Irene Aires, Junto Sr de 6 Vistos: Por sus Mulamentos, se ronfirnta, con róstas, el auto apeado de loja cuarenta y tres, y previa reposicion. de sellos, devurélVaro.

d. 0. GONOSTLAGA, —J. DOMINGUEZ — PLADBISLAD FRIAS. —S. M. D.ASUEUN.

FÉDENICO MANGÚREN:

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:341 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-341

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