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Fallos: 28:350 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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350 VALLOS DE LA SUPREMA: CONTE Fallo del Juez de Msecios Buenos Altos, Aullu 7 de Il, Vistos; y temiendo: en ronsidaracion:

1" Que segun el artículo netavo, titulo 3". lay sobre payo de derechos procesales, de 1853, las partos deben pagar los costas que humieren causado, y en el presente caso aporece que el nombramiento de Contador lia sido hocho ú solicitud de Don Aureliano Hluergo:

3" Que sé ha establérido yá como jurisprudencia e1ílos Tibia los Nacionales, que el nombramiento de defensur, peritos; efe.

cuando intervinieren, dehen será cargo de La parte á que fvorezcan ó que persiza el juirios y 1 Finalmente, que de lo nlézado en, el romparendo verbal restlta que ha habido convenio entrevel perito Rourdimty el Sr. Mwego, Un que este último reconvvs los honorarios que le lu reconocido en el juicio, In aque importa olilizarse á su paro, Por estas consideraciones, Tallo declarando que ton Aureliano Huergo debe pagar al contador Mowrdien La emitía de dos mil pesos m/e; ó su muivalente en moneda uacional, reronacidas ea wf acta de foja 288. Repónase el sello, notifíquese on elorizimal.

Isidoro Alburracin, Entlo de In Siuprena Coria Menos Atte, Jobñeo 97 de 155 Vistos: no escediembr ol valor quese disputa la cantidad de dev cientos pesos Muertos, se declara improcedente ol recurso inter

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:350 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-350

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