CALMA LXX Y
El Fiseo Nugional, contra D.N. Pitain, por omision en un munipesto del vapor + Equutenr», sobre incompetencia.
Sumario.— 1 El Juez de Sección es incompetente para conocer en Primera Instancia de las infracciones álas Ordenanzas de Aduana, 1fue se refieren á mercancias que se hallan bajo la jurisuiecion de la Aduana.
2 En las mercancias conducidas por-los paquetes á vapor, las mercaderias son sustituidas por la responsabilidad personal de los agentes ó armadores del buque, y mientras esta subsista debe entenderse que las mercancias continian bajo la jurisdicción. de la Aduana.
ECo.—Se comprende leyendo el Fallo del Juez Federal Mueni Aires, Agosto 15 de 1554, Y vistos estos autos séguidos contra Don N. Pitoin, por cobro de la suma de 18,760 pesos fuertes, que el Procurador Fiscal, solicita
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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:306
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