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Fallos: 276:278 de la CSJN Argentina - Año: 1970

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Peralta Ramos, don Arturo Jacinto Peralta Ramos, don Ricardo Peralta Ramos, don Héctor Peralta Ramos, don Hernán Peralta Ramos, doña Alcira Julia Peralta Ramos de Hernández, doña Celina Peralt:

Ramos de Arauz, doña Delia Peralta Ramos de Fresco, doña Matilde Somoza de Bosch, don Carlos Lucio Somoza, don Horacio J. Peralta Ramos, don Alfredo Peralta Ramos, don Carlos Peralta Ramos, don Julio Leguizamón Pondal por su hija menor Ana Rosa Leguizamón Pondal, doña Ercilia Peralta Ramos de Frers, doña María Luisa Peralta Ramos de Bosch, doña Susana Peralta Ramos de Sahores y don Raúl Angel Peralta Ramos, quienes demandan a La Provincia de Buenos Aires por reivindicación de tierras de su propiedad que estiman aquélla posee indebidamente, Manifiestan que las tierras de referencia, de una superfície de 127 Ha, +Ha. 31 ca, 66 dr, se extienden desde el aro de Punta Mogotes hacia el sud y desde la zona que fuera expropiada por la demandada para construir el camino Mar del Plata-Miramar y el Oceano Atlántico, aclarando que la acción tiene por finalidad la recuperación de esas tierras por la superficie indicada 0 lo que en más 0 en menos resultare de la A a producirse, porque sus instituventes son propietarios de . la superficie po entre la aludida zona expropiada v la lengua del mar.

Que «4 los electos de precisar con elaridad La cosa en litigio vel titulo que sobre ella tienen los demandantes, efectúan el relato de los antecedentes del dominio, que se origina en cabeza de don Pa ricio Peralta Ramos, ascendiente de aquélles, quien a partir de 1860 la adquiere del señor Jose Coclho de Mevrelles, según escritura par sada por ante el escribano J, E. Castellote, Registro N° 5 folio 72 vta, Se destaca que el Agrimensor que mensura las tierras adquiridas. Fi ió como limite Sud Este de la propiedad una línea arbitraria, que no coincide con la "lines de ribera" ni con la extensión dada por el título y la posesión, que no tuvieron otro que el mar. La mensura dio a su ejecutante mavor superticie, que fue restiuida al Gobierno por el propietario Con posterioridad realizan un estudio de los mtulos de don Jacinto . Ramos, hijo de don Patricio. Se señala tanto su derecho hereditario como las diversas adquisiciones que realiza, quedando integrado su título con una superficie de 9710 ha, 65 a. 64 ca, fracciones que, en lo pertinente, siempre tuvieron su limite Este en el mar. La misma conclusión se desprende, según el demandante, de

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Año: 1970, CSJN Fallos: 276:278 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-276/pagina-278

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