RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales, Interposición del recurso. Fundamento, La sola mención de una norma de naturaleza federal no basta para la fundamentación del reeurso extraordinario.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento, La remisión a actuaciones anteriores en la enusa no suple la deficiencia de fundamento del escrito de interposición del recurso extraordinario.
DICTAMEN DEL Procvravor GENERAL
Suprema Corte:
El escrito de interposición del recurso extraordinario de fs.
384 y a cuyos términos debe limitarse el pronunciamiento de V. E., carece del fundamento exigido por el art. 15 de la ley 48 y la reiterada jurisprudencia del Tribunal, por cuanto omite la conereta mención de los hechos de la eausa y no demuestra la relación directa e inmediata entre lo resuelto en la sentencia y las cuestiones federales que se intentan someter a la decisión de esta Corte Fallos: 259:33 , 146, 224, 369 y 436:260 : 34 y 89, entre otros).
La referida exigencia no deja de ser aplicable respecto de los recursos que, como ocurre en el presente caso, se sustentan en la arbitrariedad de la sentencia (Fallos: 252:204 ; 256:281 ; 261:11 y otros).
En tales condiciones, y toda vez que, por lo demás, la remisión a lo actuado en la causa no suple la deficiencia de fundamento del escrito en que se deduce el remedio federal (Fallos: 251:
274 y 255:211 , entre otros) considero que el recurso intentado es improcedente y que corresponde no hacer lugar a la presente queja. Buenos Aires, 22 de febrero de 1967, Eduardo II. Marquardt.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de mayo de 1967.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la cansa Di Lazzaro, Alberto y Losi, Luis 0/ Arístide Marinueci y Compañía S. R. 1", para decidir sobre su procedencia.
Y considerando:
Que, con arreglo a reiterada jurisprudencia de esta Corte Suprema, la fundamentación antónoma del recurso extraordinario
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Año: 1967, CSJN Fallos: 267:440
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