FACULTAD DISCIPLINARIA.
Ver: Empleados públicos, 6.
FACULTADES PRIVATIVAS.
Ver: Congreso Nacional, 1: Constitución Nacional. 36; Poder Ejecutivo, 1.
FACULTAD REGLAMENTARIA.
1. No existe violación del art. 86, ine, 7, de la Constitución Nacional cuando la norma reglamentaria respeta el espíritu de la ley y no excede el ámbito en que su interpretación es opinable; p. 518.
FALSO TESTIMONIO.
Ver: Jurisdicción y competencia, 15.
FALTA DE ACCION.
Ver: Apremio, 1, 2.
FALTAS Y CONTRAVENCIONES.
Ver: Constitución Nacional, 15, 23.
FALLO PLENARIO.
Ver: Constitución Nacional, 1; Recurso extrrordinario, 51, 102, 14, 150, 217, 297, 24.
FAMILIA.
Ver: Recurso extraordinario, 43, $4.
FEDERALISMO.
Ver: Jurisdieción y competencia, 23.
FERIA JUDICIAL.
Ver: Superintendencia, 5.
FORMA DE LOS ACTOS JURIDICOS (').
1. La formalidad en el derecho tiende a grabar en los intervinientes de un acto el alcance de sus elánsnlas o conferirle la publicidad adecuada, siendo más importante la
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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:663
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