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Fallos: 260:206 de la CSJN Argentina - Año: 1964

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gencia no puede considerarse excluída en razón de la indole excepcional de los procedimientos de amparo —doctrina de Fallos:

250:844 ; 251:86 ; 252:134 y otros—.

Que se impone, en consecuencia, la revocatoria de la resolución en recurso.

Por ello, y lo dictaminado por el Sr. Procurador General, se revoca la resolución de fs. 257.

AnistónvLo D. Aríoz DE LaManRID — Pero ABerastuRy — RicarDo CoLoMBRES — Estrenan Imaz — CanLos Juan Zavala RobrÍGUEZ,
ESTEBAN E. PEREZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: lNequisitos comunes. Tribunal de Justicia.

Para que proceda el recurso extraordinario contra resoluciones aduinistrativas es requisito que ésta hayan sido dictadas en ejercicio de runciones de indole judicial y que revistan carácter final, vale decir, que sean insti


MANTA CARMEN FERNANDEZ 05 CAÑABA y. LUIS BORTOT
PRES CIÓN,

MARIO CESAR Per ADO CIÓN NI
RECURSO ENTRAORDINARIO: Tirgcisitos propios, Sentencia le tmetirs. Li si la Cámara se ha Tovitado a declarar que corre

2) 17 de diciembre, Fallos: 205:035 4 214:508 ; 220; 780:225 : 5T6; extva esBaleli"°, sentencia del 1 de noviembre próximo pasado, en pág. 114.

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Año: 1964, CSJN Fallos: 260:206 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-260/pagina-206

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