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Fallos: 26:239 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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Fallo de la Suprema Corto Buenos Aires, Enero 12 de 1884.

Vistos: adóptanse los fundamentos del Juez de Seccion, y de conformidad con lo espuesto y pedido por el Señor Procurador General en su procedente vista, se confirma el suto apelado de foja doce y devuélvanse.

J. B. GOROSTIAGA.— J. DOMINGUEZ. —
ULADISLAO FRIAS. —S, M. LASPIUR.


CAUSA II
El Doctor Don Salvador Socas, contra Don Saturnino Soage, por cumplimiento de contrato y daños y perjuicios; sobre competencia.

Sumario. — 1° Cuando se ejercitan acciones personales, el Juez competente para conocer en ellas, es el del lugar donde debe cumplirse el contrato, máxime si lo es tambien del domicilio del demandado.

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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:239 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-26/pagina-239

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