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Fallos: 26:126 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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196 PALLOS DE La SUPREMA CORTE La rendicion de cuentas afecta, ó puede afectar, todo el juicio testamentario. El Juez que de ella conozca, debe tomar conocimiento del nombramiento de albacea; de la faccion de inventarios ; de la declaracion de herederos, y demas incidentes que con la sucesion se relacionan. Esta rendicion puede afectar la misma cuenta particionaria, y no es difícil interese á los legatarios y acreedores, que on tal caso debieran ser citados. No es, pues, posible, atribuir su conocimiento á otro Juez que al de la sucesion. De otra manera, resultaria en el presente caso, por ejemplo, que ú título de juicio universal, el de D.

Manuel Ignacio, radicado en esta Capital, vendria á atraer ásí el conocimiento de toda la sucesion de D. Robustiano, radicada en Corrientes. Es fácil calcular los inconvenientes sin número que un procedimiento semejante inferiria á todos los interesados; herederos, acreedores, legatarios etc.

Háse suscitado esta competencia entre un Juez de Provincia y un Juez de la Capital ¿Corresponde su conocimiento á Y. E., ó á la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la misma Capital ? podria preguntarse ; La ley que organizó los Tribunales de la Capital, solo se refiere á la competencia entre las Cámaras que creaba, dejándola á la decision de esta Corte.

La ley de 14 de Setiembre confiere á V. E, la facultad de dirimir las competencias sobre jurisdiccion de los Jueces Nacionales.

La misma ley usa indistintamente el calificativo de Nacional 6 Federal, en relacion á los Tribunales de la Nacion ; y en estricto rigor, podria decirse que el artículo citado se referia á los Jueces de Seccion, tanto mas cuanto que los de la Capital, no estaban creados, ni aún se pensaba crearlos.

No obstante esto, pienso que subsiste la regla general, que rije tambien con respecto á la jurisdiccion militar.

Los Juzgados de la Capital han reemplazado en la Capital á

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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:126 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-26/pagina-126

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