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Fallos: 26:122 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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Caso.—En los autos seguidos por Mallmann y C", contra Echesortu y Casas, para no espender la cerveza marca caballo con ginete, de la fibrica Deettmaun y Sauerlander (Aachen), quedó ejecutoriada la sentencia por la que no se hizo lugar á la demanda, y semandó nombrar perito" para apreciar los perjuicios causados á Echesortu y Casas por habérseles impedido el espendio de la cerveza.

Las partes nombraron peritos, que tramitaron el asunto como una causa ordinaria, llegando al punto de hacer alegar de bien probado.

Presentados los alegatos, los peritos pidieron próroga, por no poder laudar dentro del poco término que les quedaba.

Echesortu y Casas se negaron, y los peritos presentaron su renuncia.

Llamados á juicio verbal, Echesortu y Casas dijeron que se negaron á conceder mas término, porque el procedimiento de los peritos era irregular, y obraban como árbitros para resolver, cuando no podian ser sino peritos para ilustrar el Juzgado ; y que ellos no estaban dispuestos á nombrar árbitros.

El Juez declaró que los peritos, sea que se les llamase así 6 árbitros, debian resolver el quantum de los perjuicios; y resulvió que las partes prorogáran el término álos nombrados, 6 nombrasen á otros, que resuelvan.

Faile de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 13 de 1883.

Vistos y considerando: Que noes este un caso de forroso arbitraje, en virtud de disposicion legal que haga necesario este procedimiento ante jueces especiales para la fijacion del quantum de las indemnizaciones que deban abonarse por daños y perjuicios; Que la sentencia ejecutoriada de foja ciento veinte

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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:122 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-26/pagina-122

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