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Fallos: 254:467 de la CSJN Argentina - Año: 1962

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T a DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 467 :

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias, Principios generales, Le doctrina establecida aeeren de la arbitrariedad es de aplicación especialmente restringida en materia de regulación de honorarios,
DICTAMEN DEL Procvranor GENERAL
Suprema Corte:

Hay en autos enestión federal hastante como para proceder a su examen en la instancia de excepción. :

A tal efecto, pues, correspondería hacer lugar a la presente queja. Buenos Aires, 9 de noviembre de 1962, — Ramón Lascano.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de diciembre de 1962, Vistos los antos: "Recurso de hecho deducido por Enrique Fornatti y Nicolás P. Riva en la causa Colombo, Aquilino C., testamentaría =/ incidente por regulación de honorarios", para , decidir sobre su procedencia.

Y considerando:

Que las cuestiones resueltas en los antos principales son de hecho y de derecho común y procesal, e insusceptibles, por ello, de la apelación del art. 14 de la ley 48.

Que, en efecto, son tales las referentes al enrácter definitivo de los pagos parciales realizados en concepto de impuesto a la herencia, a la oportuna aceptación, por parte de los profesionales intervinientes, de las valuaciones practicadas a los fines impositivos, y a la improcedencia, en el caso, de la tasación pedida con fundamento en el art. 9? de la ley de arancel para "abogados y procuradores.

Que la tacha de arbitrariedad no es pertinente para el caso.

Porque, cualquiera sea el acierto o error de lo decidido, el pronúnciamiento en recurso no carece de fundamentos en medida que justifique su descalificación como acto judicial. Y la alega- Y da contradicción en que él se encontraría con un precedente emanado de la misma Cámara, no constituye razón bastante para el otorgamiento de la apelación. A lo que cabe añadir que la doctrina establecida acerca de la arbitrariedad se ha declarado de aplicación especialmente restringida con respecto a lo decidido en materia de regulaciones de honorarios —Fallos: 251:242 , 452 y otros—.

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Año: 1962, CSJN Fallos: 254:467 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-254/pagina-467

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