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Fallos: 251:589 de la CSJN Argentina - Año: 1961

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PODER DE POLICIA 589

PATENTE. :
Ver: Constitución Nacional, 6S.

PATRIMONIO.
Ver: Constitución Nacional, 42; Impuesto, 2; Sociedad de responsabilidad limitada, 4. ,

PATRIMONIO NACIONAL.
Ver: Interdicción de bienes, 3; Jurisdicción y competencia, 14.

PATRONATO NACIONAL. :
1. Con las reservas que emanan de la Constitución Nacional y de las leyes dictadas con arreglo a ella respecto del Patronato Nacional, corresponde que la Corte Suprema preste su acuerdo para que el Poder Ejecutivo toneeda el pase a la Bula por la cual el Sumo Pontífice instituye Obispo Auxiliar del Arzobispo de Paraná Monseñor Dr. Zenobio L.. Guilland, a Monseñor Dr. Antonio Rossi, Obispo titular de Dices: p. 98. .

PENA. :
Ver: Constitución Nacional, 34; Estado de sitio, 1; Faeultad disciplinaria, 1.

PENSION.
Ver: Jubilación y pensión, 2.

PENSIONES MILITARES.
Pensiones a los militares.

Tnntilización para la carrera militar.

Armada.

1. Corresponde confirmar la sentencia que niega el beneficio del art. 99, ine. 19, ap. b), de In ley 13.996, sobre la hase de que el recurrente, declarado en situación de retiro por inutilización física el 19 de febrero de 1921, no ha acreditado su total incapacidad para el trabajo en la vida civil, a la fecha de la promulgación de dicha ley: p. 207.

PERITOS.
Ver: Falso testimonio, 1, 3; Recurso extraordinario, 75, 91.

PERSONAS JURIDICAS. '
Ver: Impuesto, 3.

PLAZO.
Ver: Constitución Nacional, 44; Contrato de obras públicas, 2; Pago, 3; Recurso extraordinario, 150, 195.


PODER DE POLICIA.
Ver: Constitución Nacional, 81, 52, 65; Tasas, 9.

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Año: 1961, CSJN Fallos: 251:589 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-251/pagina-589

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