Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Enero 25 de 1883.
Vistos: resultando que la parte apelante no presentó los testigos ofrecidos en el nuevo dia señalado por el Juez de Seccion, despues de vencido el término de prueba, se confirma el auto apelado de foja cuarenta vuelta. Satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvase.
3. B. GOROSTIAGA. —J DOMINGUEZ, —
ULADISLAO FRIAS. — 5. M. LASPIUR,
— e DE hl
CAUSA VII
Criminal, contra Don Melchor Barrionuevo y D. Alejandro Toledo, por violacion de la correspondencia telegráfica; sobre competencia.
Sumario. — El conocimiento del delito de violacion de correspondencia, corresponde á la Justicia Federal, aunque se haya cometido con motivo de una revolucion local.
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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:38
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