SABOTAJE.
Ver: Jurisdicción y competencia, 20, 21, 47.
SALARIO.
Ver: Jubilación de empleados ferroviarios, 1; Reeurso extraordinario, 195.
SANCIONES DISCIPLINARIAS.
Ver: Facultad disciplinaria, 1; Recurso extraordinario, 1, 2, 6; Superintendenein, 1.
SECRETARIA DE COMERCIO.
Ver: Recurso extraordinario, 83.
SECRETARIA DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Ver: Recurso extraordinario, 254.
SECUESTRO.
Ver: Jurisdieción y competencia, 2; Recurso de amparo, 1, 23; Recurso ordinario de apelación, 8.
SEDA.
Ver: Impuestos internos, 1.
SEGUNDA INSTANCIA.
Ver: Recurso extraordinario, 123, 124, 286,
SEGURO. E
Ver: Recurso extraordinario, 143.
SENTENCIA ().
Principios generales.
1. Es condición de validez de un fallo judicial que él sen conclusión razonada del derecho vigente, con particular referencia a las cireunstaneias comprobadas de la enusa: p. 275.
2. En materia civil, la sentencia de la enusa no puede exceder el importe de lo requerido en la demanda: p. 320. ° 3. Consentida por los demandzdos la sentencia de primera instancia que omitió pronunciamiento sobre la preseripción adquisitiva invoenda por ellos y no mantenida la euestión ante la alzada al contestar la expresión de agravios, no corresponde pronunciamiento alguno de la Corte sobre el punto, habida cuenta de que la enusa se decide por otras razones: p. 383.
— (1) Ver también: Expropiación, 2, 6; Falta de acción, 1; Prescripción, 1: Recurso extraordinario, 69:75 . 113, 117, 119, 141, 225, 236, 267, 268; Recurso ordinario de apelación, +
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Año: 1961, CSJN Fallos: 249:841
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