RAFAEL ED ARDO PIERINT
JUBILACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Jubilaciones. Determina.
ción del monto.
rúciónaiado que ha obtenido el reajuste de su jubilación con arreglo al régimen del art, 6° de la 14.069, serle más favorable, tiene derecho al suplemento variable de la ley 13.278 .
TELESFORO LOPERENA v. PROVINCIA vr LA PAMPA
CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad, Interés impugnar la constitucionalidad, ps. , e.
Encontrándose firme el uneiamiento el petición del actor, mo teo oo de enproniedó im de ita de acer a puesto en e no puede ser atacada posteriormente de inconstitueionalidad aquél, en lo atinente al procedimiento A seguirse, pues dicha cuestión io preciuida, "
TRIBUNAL DE TASACIONES,
El mismo expropiado puede integrar el Tribunal de Tasaci De acuerdo con lo establecido 'm el xt 14 de 1 My 15000 aca De nombrar un representante,
TRIBUNAL DE TASACIONES,
No corresponde impartir instrucciones al Tribunal de Tasaciones to nforme de cumplir a cometido ue prue de e ir IO presencia del dictamen de dicho organismo, estime oportuzo desidia
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de mayo de 1959.
Vistos los autos : "Loperena, Telésforo €/ La Pampa, la Pro.
vincia s/ expropiación inversa y reivindicación", Considerando:
Que a petición del actor se resolvió a fs. 61 que la causa deberá tramitarse con arreglo a lo dispuesto por la ley nacional de expropiación. El mencionado pronunciamiento se encuentra firme y a él debe, en consecuencia, ajustarse el procedimiento.
Que no corresponde por consiguiente acceder a lo peticio1) 20 de mayo, Fallos: 236:76 y 82; 219:508 ; 949:14 ,
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Año: 1959, CSJN Fallos: 243:495
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