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Fallos: 242:319 de la CSJN Argentina - Año: 1958

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DIARIO EL NACIONAL
EDICTOS.
La acordada de la Corte de 14 de febrero de 1958, referente a la actualización semestral de la nómina de diarios inscriptos en el Registro de Edictos Judiciales (art. 2 del deereto-ley 16.005/57), en euanto dispone que el Tribunal comunicará en julio y enero de eada año la nómina de los diarios inscriptos hasta el 30 de junio y el 31 de diciembre anteriores, no comprende a los diarios nuevos, que no han podido pedir su inclusión dentro de tales términos. Procede, así, en tales casos, disponer su inclusión e inmediata comunicación
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de noviembre de 1928, Considerando:

Que el art. 2? del Decreto-ley 16.005/57, establece que la Corte Suprema actualizará semestralnente la nómina de diarios inscriptos en el Registro correspondiente. Al respecto, la Acordada del 14 de frebrero ppdo., dispone que el Tribunal comunicará cn los meses de julio y enero de cada año, la nómina de los diarios inscriptos hasta el 30 de junio y 31 de diciembre anteriores.

Que las disposiciones aludidas no comprenden a los diarios nuevos, que, como el solicitante, no han podido peticionar su inclusión dentro de los términos a que se ha hecho referencia, en razón de la fecha en que han aparecido. Procede, así, en tales casos, disponer la inclusión e inmediata comunicación.

Por ello se resuelve inscribir al periódico "El Nacional" en el Registro creado por Acordada del Tribunal de fecha 14 de febrero ppdo.

ALFreDO Onoaz — BENJAMÍN VILLEdas BasaviLnaso — AnistóBULO D.

Anríoz DE LaManriD — Luis Manía Borrr Booceno — JuLIO Orua

NARTE.

BUENAVENTURA ARROYO v. S. A. ERSA ESTANCIAS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Es irrevisible en la instancia extraordinaria la sentencia que, sin arbitrariedad e interpretando los arts. 23, ine. b), y 24, Ira. parte, del decreto-ley 28.169/44

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Año: 1958, CSJN Fallos: 242:319 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-242/pagina-319

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